Posts Tagged ‘Creative_Commons’

Derechos Digitales validan Creative Commons

sábado 14 de abril, 2007

A estas alturas ya se ha escrito mucho sobre el tema, pero no está de más reiterar las felicitaciones a Claudio y a sus colegas en la ONG Derechos Digitales por su excelente trabajo en defender a un diseñador que había puesto su obra bajo bajo una licencia Creative Commons y que estaba siendo usada en violación de su licencia.

Quizás lo mejor de todo ha sido que todos ganaron. La excelente respuesta de Porta4 cuando fueron notificados de la violación de la licencia, que esperemos aumente el uso adecuado de obras similares en el futuro; la notable actitud del afectado, que ha usado la indemnización que recibió para financiar un proyecto de LinuxChillán (ya lo he dicho antes: lejos la comunidad linuxera más movida y positiva de Chile); y la creciente importancia de Creative Commons como una herramienta para ceder ciertos derechos sin perder totalmente el control sobre las obras.

No pude evitar pensar que la expedita resolución del tema tiene no poco que ver con la imposibilidad de barrer estos temas bajo la alfombra en un mundo de  Google/Blogs/Technorati. Gracias a DD, todos podemos usar las licencias CC con completa tranquilidad. Gracias muchachos.

Creative Commons (Hay derechos inreservables?)

viernes 11 de noviembre, 2005

Hay pocos que escriben, comentan o leen bitácoras (especialmente relacionadas con tecnología) que no sepan que es Creative Commons (CC). Creada, entre otros, por Lawrence Lessig, esta ONG provee licencias por medio de las cuáles creadores de contenido (tales como autores de bitácoras) pueden ceder algunos de los derechos de propiedad intelectual que les da la ley.

Esto es importante porque el flujo libre de información es fundamental para el desarrollo de la cultura, la ciencia y la sociedad en general. Por otro lado, la sociedad también reconoce que los creadores necesitan protecciones legales (derechos de autor, patentes, marcas) para que sus aporte sean reconocidos o para que puedan ganarse la vida con esas actividades.

Y aquí es donde entra CC: al poner en esta bitácora (por ejemplo, en esta… ver el pie de la página!) un simple código, soy capaz de aclarar exactamente que pueden o no pueden hacer otros con lo que escribo acá, y cedo mis derechos exclusivos a estos textos. El concepto puede ser fácilmente extensible a otros contenidos, como música, libros, etc.

Es difícil para gente interesada en tecenología el no hacer una conección entre el Software Libre y Creative Commons. La conección la ha hecho Lessig mismo en más de una oportunidad. Incluso para el que desconoce los detalles, en ambos movimientos hay un aire de comunidad, de compartir ideas y trabajo en forma libre.

Sin embargo , hay una diferencia fundamental: El Software Libre plantea ciertas reglas, encapsuladas en las famosas cuatro libertades que definen si un programa puede ser considerado SL:

  • (0) La libertad para correr el programa, para cualquier propósito
  • (1) La libertad de estudiar como funciona el programa, y adaptarlo a tus necesidades
  • (2) La libertad de redistribuir copias de forma que puedas ayudar a tu vecino
  • (3) La libertad de mejorar el programa y publicar tus mejorar al público, de forma que toda la comunidad se beneficie

Estás libertades están encarnadas en licencias de software tales como la GPL (la licencia utilizada por Linux y la mayoría de los programas de código abierto), y crean el estándar que un programador que quiere que su código sea Software Libre debe satisfacer. Es así que cuando uno tiene acceso a un programa con una licencia GPL, es claro lo que uno puede o no hacer con el código fuente. La mayoria de los derechos han sido transferidos desde el autor al usuario, excepto aquéllos que le podrían permitir a este usuario restringir las libertad de otros.

Lamentablemente, y tal como escribe Mako, CC no establece un estándar, y es aquí donde está su mayor debilidad. En vez de plantear ciertos derechos fundamentales que el creador de una obra debería ceder para ser considerado parte del Commons, CC provee una gama de licencias (algunas mutuamente incompatibles) que se dejan a la elección del autor. Es la libertad del autor a la que se le da más peso en este sistema.

En la práctica, cuando se visita una página web o se accede a una obra bajo una licencia de Creative Commons, siempre hay que leer la letra chica. La gamma de licencias, que van desde las más restrictivas que no permiten uso comercial ni trabajos derivados (incluso a veces restringidas geográficamente!) hasta las más permisivas, arriesga a que terminemos con uso masivo de licencias mutuamente incompatibles, que en muchos casos (ya lo he visto en muchas bitácoras que leo) son las más restrictivas que el sistema permite.

Es innegable que el trabajo de los creadores y colaboradores de Creative Commons ha sido fundamental en generar una discusión valiosa y muy importante sobre los pro y contra de los derechos de los autores versus aquéllos de la sociedad en general. Y creo que CC puede convertirse en una tremenda fuerza en crear una sociedad de la información más libre. Pero para eso, necesita definir claramente cuáles son los derechos y libertades que los ciudadados de una sociedad de la información poseen y que no pueden ser reservables.

(Un muy buen artículo que refleja las opiniones que planteo acá fue escrito por Mako Hill. Lo pueden leer acá)

El “Commons” de Patentes

martes 09 de agosto, 2005

A pesar de que estos últimos días he estado pensando básicamente en el entuerto de MPPC, hay otras cosas pasando. Hoy, el Laboratorio de Desarollo de Código Abierto (OSDL en íngles) anunció la creación de un “Patentes Commons”. La idea es generar un espacio para que la industria del software (y obviamente, personas particulares), puedan aportar sus derechos de propiedad intelectual a la comunidad de código libre (abierto?… creo que es mejor libre). En particular, hay dos elementos nombrados en el anuncio:

  • Una biblioteca y base de datos que recopilará promesas de patentes hechas por compañias de software. La biblioteca tambíen recopilara otras soluciones legales, tales como programas de indemnización ofrecidas por distribuidores de programas de Código Libre.

  • Una colección de patentes de software que serán mantenidas para el beneficio de la comunidad de Código Libre.

Aunque hay pocos detalles, esto me suena como una idea excelente. Para los que no están muy al tanto de los temas legales que rodean a Linux, las patentes de software han surgido en los últimos años como uno de los grandes peligros para este y otros programas de Código Libre. Básicamente, la idea de las patentes es que uno recibe el derecho exclusivo sobre el uso de una idea o concepto por un periodo de tiempo. Eso es un derecho mucho mas amplio que los otorgados por los derechos de autor, que se asignan con respecto a una obra en particular, y que pueden ser utilizadas si se pagan (o no, en el caso de Código Libre) los correspondientes derechos. El concepto de patentes de software ha sido rechazado fuertemente por la comunidad de Código Abierto, y recientemente esta posición fue adoptada en Europa, donde el paramento rechazó la idea de legislar sobre el tema.

En este contexto, entonces, la idea del OSDL es un contraataque pragmático en los lugares donde éstas patentes existen (sabe alguien si existen en Chile??): pedir a los que posean esos derechos que los donen a la comunidad. Esto ha estado pasando ya: Compañías como IBM y Red Hat han prometido no usar las patentes que tienen contra proyectos de Código Abierto. Pero hasta ahora, no había ninguna forma de mantener una base de datos de esta propiedad intelectual, y por lo tanto creo que podría ser muy útil para proteger a desarrolladores de software individuales.

A propositó de la palabra Commons, es una lástima que no hay una traducción al español que sugiera la misma idea: Commons (en uno de sus significados) eran históricamente lugares que los habitantes de un pueblo podían usar libremente. Y de ahí que el nombre “Patents Commons” o “Creative Commons” sea tan sugestivo en íngles, porque transplanta una idea que ya la gente conoce.

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